El Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez acusó a la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) de violar el derecho a la verdad al borrar información hasta el punto de hacer ilegibles más de 2,543 recomendaciones emitidas entre 1990 y 2015.

El Centro recordó que un tribunal en materia administrativa declaró el pasado 11 de diciembre que esta acción viola el derecho a la verdad y el acceso a la información de las víctimas y de la sociedad.

El Séptimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito falló en favor de Elvira Martínez Espinoza, esposa de Jorge Bladimir Muñoz Delgado, uno de los mineros atrapados en la mina Pasta de Conchos en 2006.

“En 2023, Martínez acompañada por el Centro Prodh y Artículo 19, interpuso un recurso de revisión al considerar que la eliminación de la Recomendación 26/2006 y de otras 2,542 recomendaciones de la página web de la CNDH violaba el derecho a la verdad y de acceso a la información”, sostuvo el Centro Prodh en un comunicado.

El amparo en revisión 369/2024 ordena a la CNDH restituir todas las recomendaciones emitidas desde 1990 y hasta mayo de 2015, y garantizar su acceso público y sin censura.

La recomendación 26/2006, por la que Martínez promovió un recurso de revisión, documentó violaciones graves a los derechos humanos de los mineros y sus familias, señalando negligencias y tolerancia a irregularidades por parte de las autoridades desde el año 2000 que contribuyeron a la explosión  en la mina Pasta de Conchos, que cobró la vida de 65 trabajadores.

Pese a que su publicación representó un avance significativo para las familias en su lucha por el reconocimiento de los hechos y la exigencia de justicia en 2023, la CNDH eliminó de su sitio web las más de 2,500 recomendaciones, incluida la del caso Pasta de Conchos, Atenco y Tlataya. 

“La resolución reconoce que Elvira Martínez tiene el interés para impugnar que todas las recomendaciones censuradas se hagan públicas, por lo que los efectos del fallo del Tribunal no solo alcanzan a la recomendación sobre el siniestro en Pasta de Conchos y a Elvira Martínez como promovente, sino a toda la sociedad, al reconocer el derecho de acceso a la información como “colectivo y difuso”, pues las versiones testadas violan el principio de máxima publicidad y de no retroactividad”, añadió.

Por lo tanto, instruyó la difusión completa no solo de la recomendación 26/2006, sino también de todas las recomendaciones emitidas por el organismo ombudsperson.

“Esta decisión evita que otras víctimas de violaciones a derechos humanos y la sociedad en general tengan que recurrir a nuevos procesos legales para acceder a información pública y ejercer su derecho a la verdad”, agregó. 

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