En entrevista para ‘Aristegui en Vivo’, Laynez Potisek dijo que aún cuando los amparos contra la reforma judicial son un medio diferente de impugnación a las cinco acciones de inconstitucionalidad que ya fueron desechadas, falta por conocerse el impacto que tendrán sobre dichas demandas la adición de dos párrafos a los artículos 105 y 107 de la Constitución para declarar improcedentes, de manera expresa, cualquier tipo de impugnación contra reforma constitucionales.

“Digámoslo gráficamente, lo que tú haces es que esta impugnación se desestima, o sea, la guardas o, vamos a decirlo coloquialmente, la tiras. Se acabó, es como si no hubiera habido impugnación, pero no hay un pronunciamiento desde luego de invalidez, no lo hay porque se requerían los ocho votos, pero tampoco de validez”, sentenció.

O sea, no hay un pronunciamiento, vamos a decirlo así, de invalidez ni de validez, simplemente se desestima.

Reforma contra impugnaciones no es “supremacía constitucional”

En este marco, calificó como erróneo que dichos cambios legales sean conocidos como “reforma de supremacía constitucional” y recordó que desde la reforma en materia de derechos humanos del 2011, los tratados internacionales en la materia se incorporaron a la Carta Magna, por lo que también se considera que son parte del cuerpo jurídico constitucional.

El ministro también advirtió que tras la resolución de la Suprema Corte que desestimó las primeras impugnaciones contra la reforma judicial y la aprobación de la reforma sobre “supremacía constitucional”, pareciera que ya no hay límites para que la mayoría legislativa de Morena y sus aliados, puedan modificar la Constitución.

En este sentido, advirtió que existe un riesgo real de que esas modificaciones a la Carta Magna, incluyan leyes o normas que violen derechos humanos y que ahora serán más difíciles de combatir o invalidar.

Más allá del conflicto con el Poder Judicial, o sea de la reforma judicial, que para mí daña muchísimo y a la democracia y la separación de poderes, lo que sí estamos viendo entonces es que no hay un límite, no hay límites o no habría límite alguno para que vía modificación constitucional, se puedan hacer cualquier cambio cualquier a la Constitución, incluido cuando se afecten derechos humanos”, sentenció.

Agregó que a diferencia de países como Colombia, Perú, Belice y Alemania, donde se reconoce que la Corte tiene calidad de tribunal constitucional y puede revisar reformas a sus constituciones que sean lesivas a derechos humanos, la Suprema Corte en México, dejaría de contar con dicha facultad o se le impondría una piedra más en el camino para revisar leyes que atenten contra los derechos humanos de las personas

“El riesgo y un riesgo real, no es un riesgo digamos potencial o eventual, sino un riesgo muy real de que ese órgano reformador como le llamábamos ayer, o sea esa mayoría abrumadora, que permite al partido mayoritario y sus aliados hacer lo que sea con la Constitución”, insistió.

Destrucción del Poder Judicial

Cuestionado sobre el “día después” del fallo de la Suprema Corte que desechó las impugnaciones, el ministro Laynez advirtió que la elección de jueces y magistrados mediante listas masivas elaboradas por los comités de evaluación de los Poderes Ejecutivo y Legislativo, ambos dominados por Morena, van a destruir 30 años de esfuerzos para dotar de experiencia y capacitado a los juzgadores federales.

Añadió que la justicia en México y el Poder Judicial van a entrar en un proceso de inestabilidad e incertidumbre de aquí a 2027, ya que más del 50% de los magistrados y jueces federales han decidido no participar en la elección judicial, debido a la falta de certeza jurídica y al menosprecio de sus perfiles profesionales.

En este marco, reveló que aun cuando no se discutió el fondo de las impugnaciones contra la reforma judicial y, por lo tanto, no hubo pronunciamiento sobre cada una de sus partes cuestionadas, él estaba preparado para invalidar los artículos de la misma en la que se hacía una excepción sobre la denominada “veda” electoral que contempla la Constitución.

Dicha veda es la prohibición expresa de la Carta Magna para prohibir cualquier reforma a las leyes electorales 90 días antes, tres meses, al inicio oficial de los procesos electorales, norma con la que se buscaba dar certeza jurídica a todos los competidores.

Explicó que aún cuando el proyecto de sentencia del ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá validaba la excepción a la veda y el inicio de las elecciones judiciales un día después de su publicación, incluso sin que se hayan aprobado las leyes secundarias, la reforma judicial viola los principios de certeza jurídica y el núcleo central del derecho a votar y ser votado, debido a la falta de reglas claras tanto para los competidores como para los electores.

“Cómo puede ser una elección auténtica cuando de parte de de quién va a votar no puede ni tener la información, es una falacia que vamos a elegir al juez penal en nuestro circuito. Crearon un sistema de lista, listas donde tienes cientos, cuando no miles, como el Primer Circuito como es la Ciudad de México listas en donde es totalmente irracional totalmente que le pidas al ciudadano que haga una votación libre auténtica e informada”, puntualizó.

La carrera judicial está destruida para jueces y magistrados, o está en suspenso, a ver si ganan una elección.

Por expreso

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