Así lo acordaron en sesión privada los 11 ministros y ministras que integran el Pleno de la Suprema Corte, con el propósito de atender una solicitud de atención prioritaria promovida por el Presidente del Senado, Gerardo Fernández Noroña, para que se resuelvan las acciones de inconstitucionalidad que se han presentado ante el Máximo Tribunal del para impugnar la reforma judicial.
Las acciones de inconstitucionalidad que tratan de frenar la reforma judicial, particularmente en lo que se refiere a la elección de jueces y magistrados por voto popular, a nivel federal y estatal, fueron presentadas ante la Suprema Corte por los partidos PAN, PRI, Movimiento Ciudadano y Unidad Democrática de Coahuila, así como por diputadas y diputados locales del Congreso de Zacatecas, en contra del “Decreto por el que se reforma, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política” de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de reforma del Poder Judicial”.
Durante la sesión privada, los ministros de la Suprema Corte consideraron que el Presidente de la Cámara de Senadores cuenta con la legitimación para solicitar la atención prioritaria de estos recursos legales, por lo que su solicitud fue votada y aprobada en sesión privada.
El ministro Juan Luis Gonzalez Alcántara Carranca plantea en su propuesta validar más 10 artículos de la reforma judicial, al tiempo que invalida de forma parcial los artículos relacionados con la elección de jueces y magistrados mediante Comités de Selección y voto popular a través de listas masivas.
El Consejo Nacional de Litio Estratégico y la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) publicaron por separado dos resúmenes del proyecto de sentencia elaborado por el ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá que invalida de forma parcial la reforma judicial, en los cuales se destaca que la propuesta es invalidar todas las disposiciones relativas a la elección mediante Comités de Selección y voto popular de los jueces y magistrados federales por atentar contra la autonomía e independencia judicial.
Sin embargo, se conserva la elección por voto popular para los 9 ministros y ministras que formarán parte del Pleno, los 7 magistrados electorales y los cinco integrantes del Tribunal de Disciplina Judicial. Además, se valida la creación de este órgano jurisdiccional, se eliminan los jueces “sin rostro” para los casos de delincuencia organizada y se advierte de una reducción en los salarios de los nueves jueces y magistrados, pero sin afectar las remuneraciones de los impartidores de justicia en funciones.