El Tribunal Electoral invalidó la sentencia contra Denisse Dresser por supuesta violencia política de género contra la diputada de Morena, Andrea Chávez.

La institución concluyó que Dresser utilizó su libertad de expresión para criticar el uso de recursos públicos y determinó que no hubo un ataque por razones de género.

Con proyecto de la magistrada presidenta, Mónica Soto, la institución consideró que Dresser no se enfocó en un presunto vínculo personal entre políticos (Chávez y Adán Augusto López Hernández) sino en la exigencia de aclarar el uso de un avión oficial.

La magistrada dijo que la declaración de Dresser constituye un ejercicio para exigir la rendición de cuentas, lo que es parte del trabajo periodístico de la politóloga.

La magistrada dijo que en la propia declaración, Dresser retomó un asunto que estaba circulando en el debate público y que cuando habló sobre un vínculo personal reculó para volver a los asuntos políticos.

Así lo expuso en sesión del Tribunal Electoral:

El magistrado Felipe de la Mata dijo que en este tema no aprecia ningún asunto de violencia de política de género.

Sostuvo que los políticos están sujetos a un mayor escrutinio público.

Argumentó que el Tribunal no puede permitir que se use una herramienta legal para proteger a mujeres para silenciar a una persona crítica.

De la Mata sostuvo que la crítica fue fuerte, pero en ningún momento se aprecia una agresión de género.

La magistrada Janine Otálora argumentó que la ley permite la crítica abierta a las mujeres que participan en política, incluyendo el uso de elementos que puedan ser criticables para una mayoría.

Expuso que este tipo de procesos pueden inhibir el ejercicio de la libertad de expresión, además de que no son equitativos porque enfrentan a políticos con recursos contra ciudadanos:

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