El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) autorizó a Morena pagar sus deudas y cubrir sus déficits del año 2021 con los remanentes de los recursos que le fueron asignados en el ejercicio fiscal anterior.
Por mayoría de votos, los integrantes de la Sala Superior del TEPJF revocaron el acuerdo del Instituto Nacional Electoral (INE) en el que rechazó autorizar a Morena compensar el déficit del Comité Ejecutivo Nacional y los Ejecutivos Estatales de 2021, con los remanentes del ejercicio 2020.
“Constitucional y legalmente sí podemos desprender la posibilidad de usar los remanentes para cubrir una deuda contraída como parte de los fines constitucionales de un partido”, señaló el magistrado Felipe Fuentes Barrera.
“Los partidos políticos pueden contraer deuda, y esa como tal no está exenta de ser designada por el partido para el desarrollo de sus actividades y para el cumplimiento de sus fines constitucionales y, además, en su oportunidad es objeto de fiscalización”.
En consecuencia, el TEPJF estableció que todos los partidos políticos pueden utilizar los remanentes de ejercicios anteriores para pagar sus deudas o cubrir sus déficits, para lo cual el INE debe emitir los lineamientos correspondientes para que puedan hacerlo.
“Si bien no hay norma que de manera expresa prevea la compensación entre remanentes de ejercicios anteriores con déficits del ejercicio posterior, tampoco hay alguna que lo impida, fundada en la aplicación por analogía de la norma”, explicó la magistrada Mónica Aralí Soto Fregoso.
“El proyecto establece que sí es procedente instrumentar la compensación como un medio de pago de los déficits con remanentes en un ejercicio fiscal anterior, por lo que también es fundada la petición del partido de que se aplique la compensación respecto de los ejercicios citados, por lo que propone revocar la resolución reclamada”.
Para la magistrada Janine Otálora Malassis, quien votó en contra, los partidos políticos tienen la obligación de reintegrar los remanentes de ejercicios fiscales anteriores para calcular como un déficit o saldo a favor debe impactar en la asignación de recursos para el año siguiente.
“Los partidos políticos tienen la obligación de reintegrar el financiamiento público ordinario no erogado y el no comprobado al estar sujetos al principio de anualidad presupuestal. Y estos lineamientos contienen la fórmula para calcular el remanente del ejercicio que está sujeto a revisión. En esa fórmula ya se prevé de qué manera debe impactar un déficit o saldo a favor. Se señala que en el cálculo del remanente se disminuirá el déficit de un ejercicio previo, pero no a la inversa, como lo pretende aquí el partido político Morena”, afirmó.