En tres años, la Fiscalía General de la República abrió 2 mil 230 carpetas de investigación por el delito de robo de hidrocarburos en Tamaulipas, de acuerdo con información de la Plataforma Nacional de Transparencia.
La cifra corresponde a los años 2019, 2020 y 2021, siendo el número más alto entre las indagatorias que se iniciaron por delitos federales en la entidad, según la solicitud con número de folio 330024622000427.
En los estados costeros de Tamaulipas, Veracruz, Tabasco, Campeche, Baja California, Colima y Michoacán, se integraron un total de 14 mil 985 carpetas de investigación por el referido delito.
La incidencia delictiva la encabezó Veracruz con 6 mil 242 indagatorias, seguido por Tabasco con 3 mil 913. En tercer lugar estuvo Tamaulipas con 2 mil 230; Michoacán registró 1, 593; Baja California, 732; Campeche 226 y Colima 49.
En la solicitud de información se preguntó también cuántas carpetas de investigación se abrieron en el mismo periodo, relacionadas con los delitos de contrabando, tráfico ilegal de personas, armas y estupefacientes en las zonas marinas antes citadas.
El segundo delito federal con más investigaciones en Tamaulipas fue el contrabando, que registró 308 carpetas, después estuvo el tráfico de personas con 213, tráfico de narcóticos generó 44 y tráfico de armas 34.
Entre todos…
Entre los siete estados costeros, sumaron 1,251 averiguaciones por tráfico de personas; 847 por contrabando; 705 por tráfico de narcóticos y 74 por tráfico de armas, detalla la respuesta de la Fiscalía General de la República.
¿Cómo se castiga el robo de hidrocarburos?
El robo de hidrocarburos es un ilícito contemplado en los artículos 8, 9, 12 y 17 de la Ley Federal para Prevenir y Sancionar los Delitos cometidos en Materia de Hidrocarburos.
Se sancionará con pena de 20 a 30 años de prisión y multa de 20,000 a 25,000 veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización vigente a quien sustraiga hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos, de ductos, vehículos, equipos, instalaciones o activos, sin derecho y sin consentimiento de asignatarios, contratistas, permisionarios, distribuidores o de quien pueda disponer de ellos con arreglo a la ley.