Aprueba el Consejo General del IETAM acuerdos mediante los cuales determinan el número de integrantes de los 43 ayuntamientos y el número de candidaturas a registrar para la elección de ayuntamientos; así también los documentos que deberán presentar los partidos políticos nacionales para su participación en el Proceso Electoral Ordinario 2023-2024

Como parte de los asuntos contenidos en el orden del día de la sesión extraordinaria número 19, el Consejo General del IETAM aprobó por unanimidad de votos, en un primer momento, en el desahogo del décimo punto del orden del día el Acuerdo mediante el cual determinan el número de integrantes de los 43 ayuntamientos del estado de Tamaulipas, y en consecuencia el número de candidaturas a registrar para la elección de ayuntamientos para el Proceso Electoral Ordinario 2023-2024.

En uso de la voz el Consejero Presidente Juan José G. Ramos Charre, manifestó que de acuerdo a la normatividad contenida tanto en la Constitución Política del Estado de Tamaulipas, en la Ley Electoral Local y en el Código Municipal, los municipios serán gobernados por ayuntamientos de elección popular directa y serán integrados por una presidencia municipal, regidurías y sindicaturas, electas por el principio de mayoría relativa y complementados con regidurías según el principio de representación proporcional.

En ese sentido, previo análisis y tomando en cuenta las cifras oficiales sobre el número de habitantes cuya información fue generada por el CONAPO, tomando en cuenta el número de habitantes en la proyección de la población de los municipios de México en el periodo 2015-2030, se determinan para la aprobación del presente acuerdo, un total de 43 presidencias municipales, 57 sindicaturas, 269 regidurías de mayoría relativa y 136 regidurías de representación proporcional.

Este número de candidaturas, es el mismo que fue aprobado para el Proceso Electoral Ordinario 2020-2021.

Posteriormente, las y los consejeros electorales, en el desahogo del décimo primer punto del orden del día, por unanimidad aprobaron el proyecto de acuerdo mediante el cual se establecen los documentos que deberán presentar los partidos políticos nacionales acreditados ante este órgano electoral, para su participación en el PEO 2023-2024.

En relación a este punto, se estableció en el Acuerdo aprobado que los partidos políticos que deseen participar en el Proceso Electoral 2023-2024, deberán presentar:

I. Solicitud por escrito, dirigida al Consejo General del IETAM, donde manifieste su intención de participar en el Proceso Electoral Ordinario 2023-2024, misma que deberá contener lo siguiente:

a) La integración de su órgano interno estatal de dirección, señalando su domicilio oficial en la capital del estado, número de teléfono y correo electrónico oficial. En su integración deberá considerar, el nombre de la persona responsable de las finanzas del partido político en el ámbito estatal.

b) La integración de sus órganos partidarios en la entidad (comités distritales o municipales), así como la documentación necesaria que la acredite, señalando su domicilio oficial en cada municipio, número de teléfono oficial y su correo electrónico oficial. Los órganos municipales deberán de estar inscritos en los libros de registro de la Dirección de Prerrogativas del IETAM o, en su caso, en la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos del INE.

c) La designación o, en su caso, ratificación de las personas representantes acreditadas ante el Consejo General del IETAM.

II. A la solicitud deberán anexar lo siguiente:

a) Constancia original de su registro nacional vigente, expedida por el INE, que no sea mayor a 6 meses anteriores a la fecha de su presentación ante el IETAM.

b) Certificación expedida por el INE respecto a la integración de su órgano estatal de dirección.

c) En el caso de la información señalada en el inciso b) de la fracción I, si el partido no cuenta con órganos distritales o municipales, deberán presentar un escrito signado por las personas facultadas conforme a sus estatutos, por el que manifiesten que no cuentan con estos órganos en la entidad.

d) Copia legible de la credencial para votar con fotografía de las ciudadanas y los ciudadanos que acrediten o ratifiquen, y copia simple del formato en el que, bajo protesta de decir verdad, manifiesten que cumplen con los requisitos señalados en el artículo 80, fracción VII de la Ley Electoral Local, con firma autógrafa.

e) Documentos básicos vigentes del partido político nacional solicitante, mismos que contienen la declaración de principios, el programa de acción y los estatutos, de manera impresa y en formato .pdf en un dispositivo de almacenamiento (USB).

f) El emblema oficial del partido político, en dispositivo de almacenamiento (USB), con las siguientes características, 1) Archivo: Corel Draw; Adobe illustrator o formato PDF (editable) y con vectores. 2) Colores: En Cuatricromía (C = Cyan (Cian), M = Magenta (Magenta), Y = Yellow (Amarillo), K = Black o Key (Negro)). 3) Tipografía: Incluir fuente, (Tipo de letra) si lleva texto.

La documentación deberá ser presentada a más tardar el día 31 de octubre de 2023.

Refirió finalmente el Consejero Presidente que por cuanto hace a los documentos señalados en los incisos a), b) y e) de la fracción II del Considerando XXII del Acuerdo aprobado, el IETAM realizará directamente la gestión ante el Instituto Nacional Electoral.

El Instituto Electoral de Tamaulipas, hace del conocimiento de la ciudadanía el presente comunicado con fines de divulgación; no obstante, los acuerdos aprobados por este órgano colegiado, corresponden a la única versión oficial, pudiendo consultarse en el siguiente enlace: https://ietam.org.mx/PortalN/Paginas/Sesiones/Documentos.aspx?anio=2023&idTdoc=2 

Por expreso

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *