La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que sí existe una omisión por parte del Congreso de la Unión por la falta de designación de, al menos, dos de tres Comisionados del Instituto Nacional de Transparencia y Acceso a la Información Pública (INAI).

La SCJN señaló que la Constitución sí establece un plazo para dicho nombramiento, el cual se sobrepasó, pues desde abril de 2022 el INAI no está debidamente integrado y desde entonces lleva ya varias semanas sin poder sesionar.

La ministra Margarita Ríos Farjat propuso fijar efectos restitutorios inmediatos, entre ellos conminar al Senado al nombramiento a los comisionados faltantes y permitir que el INAI sesione con cuatro integrantes, habilitando el voto de calidad de la comisionada presidenta.

Sin embargo, y pese a la propuesta, la SCJN no estableció algún efecto inmediato a su decisión. Y es que el caso se desechó y se returnó a otro ministro para que realice el engrose del expediente.


En dicho engrose se establecerán los efectos de la decisión, pero podría ser hasta agosto próximo cuando se conozca los resolutivos finales ya que tanto la SCJN como el INAI inician este fin de semana un descanso de 15 días.

La decisión de este jueves se tomó al analizar la Controversia Constitucional 280/2023 presentada por el INAI.

Ocho de las y los ministros votaron en contra del proyecto de la ministra Loretta Ortiz que propuso declarar que el Senado no ha incurrido en una omisión pues sí ha hecho acciones tendientes a designar comisionados faltantes.

Señaló que la designación no se ha logrado, no por una inacción del Senador, sino por falta de un consenso en la discusión democrática del caso.


“Sí se han llevado a cabo diversas actuaciones relacionadas con el proceso de designación, las cuales, incluso han concluido con la designación de dos personas comisionadas que fueron objetadas por el presidente de la República”, dijo.

Recordó que en otro caso hubo el rechazo de un candidato diverso por parte del Pleno del Senado, por no alcanzar la mayoría requerida para el nombramiento de dicha persona como Consejera del INAI.

A favor del proyecto votaron Yasmín Esquivel y el ministro Arturo Zaldívar. Esquivel consideró que la SCJN no puede obligar al Legislativo a realizar los nombramientos, pues hacerlo significaría una acción antijurídica.

Y es que, agregó, se estaría haciendo una intromisión constitucional de la SCJN a la función del Legislativo, y el Tribunal Constitucional se estaría sustituyendo en otro Poder.

“Por más criticable que pudiera ser (la falta del nombramiento), tampoco se les puede imponer mediante una sentencia, que emitan una convocatoria la cual es sólo responsabilidad jurídica y política de la Comisión Permanente, ya que todo acto que pretenda restringir o sustituir esa facultad constitucional resultaría claramente antijurídica”, dijo.

En tanto, el ministro Zaldívar agregó que el Senado sí tiene el deber del nombramiento, pero no un plazo; por ello, aseguró que la SCJN no puede obligar al Senado al nombramiento y hacerlo sería un despropósito y se estaría excediendo de sus atribuciones constitucionales.

“¿Cuál va a ser la consecuencia… destituir a todos los senadores?, ironizó.

En contra se pronunció el resto de las ministras y ministros, quienes coincidieron en que sí existe un plazo para el nombramiento, el cual se sobrepasó y es necesario que se subsane la omisión.

El resto de los ministros coincidieron en que la Constitución sí establece plazos para la designación de los delegados, mismos que se sobrepasaron por lo que el Congreso de la Unión está en omisión.

Por expreso

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