La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó la facultad de la Guardia Nacional para llevar a cabo operaciones encubiertas y de usuarios simulados, pues esta técnica solo sería útil en la investigación de delitos, que corresponde al Ministerio Público.
El máximo tribunal consideró que dejar vigente esta atribución abría la puerta a la obtención de pruebas ilícitas, así como a la violación a los derechos a la privacidad y a la no incriminación.
La SCJN sigue analizando impugnaciones formuladas por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos en contra de diversas disposiciones de la Ley de la Guardia Nacional.
Por otra parte, el Pleno también validó facultades de investigación para la prevención del delito.
En este sentido, el tribunal permitió recabar información en lugares públicos; obtener, analizar y procesar información; así como realizar acciones de vigilancia, identificación, monitoreo y rastreo en la red pública de internet, en los tres casos para prevenir conductas delictivas.
Además, la Guardia Nacional podrá solicitar a la autoridad judicial la intervención de comunicaciones para la prevención del delito.
Podrá requerir a las autoridades competentes y solicitar a las personas físicas o morales informes y documentos para fines de investigación.
En materia migratoria, se les permitirá vigilar e inspeccionar la entrada y salida de personas del país.
También podrán inspeccionar los documentos migratorios de personas extranjeras y, en su caso, presentar a quienes se encuentren en situación irregular, pero de manera subordinada al Instituto Nacional de Migración (INM).
En este sentido podrán apoyar el aseguramiento que realice el Instituto Nacional de Migración y para resguardar las estaciones migratorias y a los extranjeros que en ellas se encuentren.