La presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, Kenia López Rabadán, firmó y envió a los Poderes Ejecutivo y Judicial el acuerdo aprobado por el Pleno de la Cámara de Diputados que establece las reglas para elegir a tres nuevas consejeras o consejeros del Instituto Nacional Electoral (INE).
“Es un acuerdo muy importante; necesitamos autoridades electorales imparciales, institucionales y que privilegien la democracia”, señaló en un videomensaje.
El acuerdo, remitido a la Presidenta de la República a través de la Secretaría de Gobernación y al Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, fue aprobado hoy por 408 votos a favor, 35 en contra y cero abstenciones.
Se establece que la convocatoria debe tener la máxima difusión a partir de su publicación y los aspirantes a integrar el Consejo General del INE deberán registrarse entre el 23 y el 27 de marzo.
Se acordó que entre el 30 de marzo y el 17 de abril se llevará a cabo la evaluación de los aspirantes, de donde saldrán las listas que el Consejo Técnico de Evaluación remitirá a la Junta de Coordinación Política (Jucopo) para impulsar la construcción de acuerdos y proceder a su elección.
“A más tardar el 22 de abril de 2026, una vez realizada la votación correspondiente en el órgano de gobierno, la Junta de Coordinación Política notificará a la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados el acuerdo que contendrá el instrumento correspondiente para que el Pleno de la Cámara de Diputados lleve a cabo la votación y la elección”, se señala en el acuerdo.
Requisitos para ser consejera o consejero del INE:
a) Ser ciudadana o ciudadano mexicano que no adquiera otra nacionalidad, además de estar en pleno goce y ejercicio de sus derechos civiles y políticos;
b) Estar inscrita o inscrito en el Registro Federal de Electores y contar con credencial para votar;
e) Tener más de treinta años de edad, el día de la designación;
d) Poseer al día de la designación, con antigüedad mínima de cinco años, título profesional de nivel licenciatura y contar con los conocimientos y experiencia que les permitan el desempeño de sus funciones;
e) Gozar de buena reputación y no haber sido condenada o condenado por delito alguno, salvo que no hubiese sido doloso;
f) Haber residido en el país durante los últimos dos años, salvo el caso de ausencia en servicio de la República por un tiempo menor de seis meses;
g) No haber sido registrada o registrado como candidata o candidato, ni haber desempeñado cargo alguno de elección popular en los últimos cuatro años anteriores a la designación;
h) No desempeñar ni haber desempeñado cargo de dirección nacional o estatal en algún partido político en los últimos cuatro años anteriores a la designación;
i) No ser secretaria o secretario de Estado, ni Fiscal General de la República o Procuradora o Procurador de Justicia de alguna entidad federativa, subsecretaria, subsecretario u oficial mayor en la Administración Pública Federal o estatal, Jefa o Jefe de Gobierno de
la Ciudad de México, ni Gobernadora, Gobernador, ni secretaria o secretario de Gobierno, a menos que se separe de su encargo con cuatro años de anticipación al día de su nombramiento.
