Cada día se hacen desde los hogares tamaulipecos un promedio de 31 llamadas a la línea de emergencia 911 para pedir apoyo por un hecho de violencia familiar.
Es por ello que de enero a agosto del presente año, se tiene un acumulado de 7 mil 532 llamadas telefónicas por este motivo, sin embargo, no se denunciaron ante el Ministerio Público todos los casos.
Las unidades de investigación de la Fiscalía de Justicia solo abrieron 5 mil 310 carpetas de investigación en el mismo periodo, mientras el resto, 2 mil 222 casos, no pasaron de la queja en seguridad pública.
La tasa estatal de llamadas de emergencia relacionadas con incidentes de violencia familiar por cada cien mil habitantes fue de 203.1, mientras la nacional es de 320.6.
En cuanto a las denuncias penales, se recibieron en ocho meses 5 mil 310, mientras al mismo periodo del año pasado el acumulado fue de 5 mil 283.
Tan solo en la zona sur del estado, se tenían a ese corte 1,238 carpetas de investigación y según cifras al mes de septiembre, la estadística creció a 1,321. Sin embargo, según estimaciones de la Mesa Ciudadana de Seguridad y Justicia, puede haber una cifra negra de 1,800 casos en la conurbación.
A las clínicas y hospitales del estado han llegado un total de 1,142 personas para ser atendidas de lesiones sufridas en episodios de violencia doméstica. La mayoría son mujeres, con 1,067 casos y 75 de hombres, según información del Boletín Epidemiológico de la Secretaría de Salud.
La violencia familiar es un fenómeno social que se define como el uso intencionado y repetido de la fuerza física o psicológica para controlar, manipular o atentar en contra de algún integrante de la familia. Esta violencia puede manifestarse también como abuso psicológico, sexual o económico y se da entre personas relacionadas afectivamente dentro del hogar.
¿Qué dice la ley?
En Tamaulipas, según el Código Penal en su artículo 368, a quien cometa el delito de violencia familiar se le impondrán de seis meses a cuatro años de prisión y perderá el derecho de pensión alimenticia. Asimismo, se le sujetará a tratamiento psicológico especializado y estará obligado al pago de la reparación del daño de las víctimas.
Este delito se perseguirá, a petición de parte ofendida.
Se equipara a la violencia familiar y se sancionará con uno a cinco años de prisión al que realice cualquiera de los actos señalados en el artículo anterior en contra de la persona con quien tuvo una relación formal o informal de afecto o amistad, incluyendo el ex cónyuge, ex concubinario, ex concubina, o en contra de sus parientes por consanguinidad o afinidad hasta el cuarto grado o cualquiera otra persona que esté sujeta a su custodia, guarda, protección, educación, instrucción o cuidado.