El Poder Judicial Federal impuso una multa de 4 mil 344 pesos al jefe de Oficina CESI del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) en Reynosa, por no remitir constancias que le fueron requeridas dentro del juicio de amparo 652/2021.
Se le dio un plazo de tres días para que cumpla o será multado de nuevo.
Aparejado a ello también se requirió al delegado del Infonavit en Tamaulipas, Honorio Cortázar Salazar, con el objeto de que obligue al funcionario a cumplir o también él será multado.
El Juez Francisco Javier Cavazos Argüelles, titular del Juzgado de Distrito en Materias de Amparo y Juicios Federales en Matamoros, acordó: “se hace efectivo el apercibimiento con el que fue conminada la autoridad responsable antes descrita (Jefe de Oficina CESI Reynosa del Infonavit con sede en Reynosa, Tamaulipas), por lo que se le impone una multa de cincuenta unidades de medida y actualización (UMAS), equivalentes a la cantidad de 4 mil 344 pesos; ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 237, fracción I, y 259 de la Ley de Amparo.
El Juez señaló que del estado de autos se puede inferir válidamente que desde el treinta y uno de agosto, veintiuno y veintisiete de octubre del 2022, dicha autoridad quedó debidamente notificada de los requerimientos y del apercibimiento que le fue efectuado por este Juzgado de Distrito en autos de treinta de agosto y cinco de octubre de dos mil veintidós y, en consecuencia de ello, se aplicaría la multa en comento.
El Juzgado requirió nuevamente tanto al Jefe de Oficina CESI del Infonavit en Reynosa, como al encargado de la delegación en Tamaulipas, en su calidad de superior jerárquico, para que en el término de tres días remitan al órgano jurisdiccional copias certificadas completas y legibles de lo siguiente: Del contrato de crédito y compraventa con fecha de celebración 26 de diciembre de 2018 y su otorgamiento el 28 de diciembre del citado mes y año, así como de su protocolización ante el Notario Público número 233, con número de instrumento 19718.
Ello, con el apercibimiento de que de no hacerlo en el indicado plazo o de no manifestar el impedimento legal que tengan para ello, se harán acreedores individualmente a una multa equivalente a cincuenta unidades de UMAS, equivalentes a la cantidad de 4 mil 811 pesos; para dar oportunidad a lo anteriormente expuesto, se difiere la audiencia constitucional, en la que se emite la sentencia respectiva.