La bancada de Morena en el Congreso del Estado de Guerrero condenó “categóricamente” una boda entre menores celebrada este fin de semana en la comunidad de San Pedro Cuitlapa, municipio de Tlacoachistlahuaca.

Asimismo, exigió a las autoridades que investiguen y sancionen a los responsables.

A través de un comunicado, las y los legisladores pidió a las autoridades investigadoras y judiciales de Guerrero “que investiguen y sancionen a los involucrados en la ‘unión’ entre menores de edad celebrada este fin de semana”.

Destacaron que en la entidad el matrimonio infantil está prohibido, al igual que cualquier forma de convivencia forzada entre personas menores de edad.

“Desde el Congreso del Estado reiteramos que el matrimonio infantil en Guerrero está prohibido, así como cualquier tipo de cohabitación forzada entre menores de edad, por lo que exigimos que se hagan cumplir las leyes”.

También, las y los legisladores hicieron un llamado a la sociedad para que “no solapen” este tipo de actos ilegales, ya que consideraron, “es obligación de todas y todos garantizar los derechos de las niñas y los niños”, advierte la bancada en un comunicado.

Asimismo, aseguraron que desde el Congreso local se han realizado reformas para combatir estas prácticas.

“Como diputadas y diputados hemos fortalecido el marco normativo local, para preservar el interés superior de la niñez y combatir las malas prácticas que continúan siendo fomentadas, y reiteramos el compromiso de seguir en la ruta de la erradicación de esta práctica”.

El posicionamiento concluyó con un respaldo a las acciones de los gobiernos estatal y federal.

“Como diputadas y diputados de Morena en Guerrero nos seguiremos sumando a las acciones emprendidas por la gobernadora Evelyn Salgado Pineda y por el Gobierno Federal, encabezadas por nuestra presidenta Claudia Sheinbaum Pardo, para poner en el centro de toda política pública el interés superior de las niñas y niños, y erradicar los matrimonios infantiles”.

En Guerrero, el matrimonio infantil está prohibido tanto en el Código Civil como en la Ley Número 812 para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado.

El artículo 44 del Código Civil establece que “la edad mínima para contraer matrimonio es de dieciocho años cumplidos, sin excepción”.

Por su parte, el artículo 77 de la Ley 812 señala que “las niñas, niños y adolescentes no podrán ser obligados a contraer matrimonio ni a uniones de hecho, cualquiera que sea la denominación con la que se les identifique”.

Por expreso

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