Ante el pleno del Congreso de Tamaulipas, se presenta iniciativa donde se reforma el artículo 19 Ter, la fracción 1 y los incisos a), b) y e), de la Ley de Tránsito, para quedar como siguen:
ARTÍCULO 19 Ter.- Se prohíbe a las personas conductoras en el Estado, lo siguiente:
I . – Conducir bajo los influjos del alcohol, sustancias psicotrópicas, estupefacientes o medicamentos con este efecto, que perturben su capacidad para conducir adecuadamente. Para tal efecto queda prohibido conducir con una alcoholemia superior a 0.25 mg/L en aire espirado o 0.05 g/dl en sangre, salvo las siguientes consideraciones:
Para las personas que conduzcan motocicletas queda prohibido hacerlo con una alcoholemia superior a 0.1 mg/L en aire espirado o 0.02 g/dL en sangre;
Para vehículos destinados al transporte de pasajeros y de carga, queda prohibido conducir con cualquier concentración de alcohol por espiración o litro de sangre; y
Para las personas conductoras menores de edad, queda prohibido conducir con cualquier concentración de alcohol por espiración o litro de sangre.
Víctor García Fuentes, presidente de la comisión de Salud, sostiene que es importante destacar que la tasa promedio global de muertes por accidentes de tránsito es de aproximadamente 17.4 por cada 100,000 habitantes.
En el año 2022, en el país se registraron 3288 muertes relacionadas directamente con ei consumo de sustancias psicoactivas, que representan una tasa de 2.6 por cada cien mil habitantes, siendo el alcohol la sustancia psicoactiva que generó más muertes relacionadas directamente con su consumo en el país, con una tasa de L9 por cada cien mil habitantes (2409 muertes), acotó el legislador.
Si bien esta tasa es inferior al promedio global, sigue siendo elevada en comparación con países que han adoptado e implementado políticas de seguridad vial efectivas, como Suecia y Noruega, los cuales han logrado tasas significativamente más bajas (alrededor de 2-3 muertes por cada 100,000 habitantes) gracias. la principal medida preventiva es el uso del alcoholímetro para reducir la mortalidad.
Resulta imprescindible trabajar en la elaboración o modificación de la normativa estatal de tránsito, haciéndola más estricta, y complementar con campañas de concientización orientadas a educar a la sociedad sobre los riesgos de conducir en estado de ebriedad, por ello, considero fundamental establecer sanciones más severas, y reestructurar la prohibición hacia las y los conductores de vehículos y motocicletas respecto de los niveles de alcohol con el objetivo de fomentar un cambio cultural que promueva una mayor responsabilidad al volante y, con ello, reducir significativamente los accidentes viales relacionados con el consumo de alcohol.
En este sentido, me permito presentar la siguiente acción legislativa, cuyo objetivo es fortalecer el marco normativo vigente mediante la implementación de medidas más estrictas sobre los niveles permitidos de alcohol en sangre en aras de buscar reducir significativamente la alta tasa de mortalidad por accidentes de tránsito, un problema que afecta de manera alarmante a nuestra población.