La fiscalización a candidatos a magistrados y jueces puede llevar hasta a realizar investigaciones con la colaboración de la Unidad de Inteligencia Financiera, en caso de observarse movimientos inusuales o bienes inexplicables.
Las medidas que se habrán de implementar ya están siendo impugnadas ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
Este miércoles se publicaron en el Diario Oficial de la Federación los Lineamientos para la Fiscalización de los Procesos Electorales del Poder Judicial, Federal y Locales, que establece los pasos a seguir para que se respeten las disposiciones en la materia.
Según se expone, el Instituto Nacional Electoral (INE) vigilará que ningún partido político, servidor público ni institución gubernamental realicen erogaciones a favor o en contra de las personas candidatas.
Para ello, “el Consejo General del INE no estará limitado por los secretos bancario, fiduciario y fiscal”, y la Unidad Técnica de Fiscalización será el conducto para realizar lo procedente en algún momento dado. Destaca que “el órgano electoral podrá solicitar a las autoridades competentes la información en materia fiscal o la relacionada con operaciones de depósito, ahorro, administración o inversión de recursos monetarios, cuando de su declaración patrimonial y de intereses o de la revisión de la información en materia de fiscalización que proporcionen, se adviertan movimientos inusuales o elementos que no justifiquen la procedencia lícita de los bienes o recursos reportados”.
En la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Tepjf) hasta ayer se tenían tres asuntos en instrucción relacionados con impugnaciones a los Lineamientos de Fiscalización asentados en el Acuerdo INE/CG54/2025 del Consejo General.
Los inconformes son dos aspirantes mujeres y un hombre, originarios de Tamaulipas, y los casos fueron turnados a la magistrada Janine M. Otálora Malassis para su análisis y proyecto de resolución. Las demandas son vía recurso de defensa ciudadana de derechos político-electorales.