La Cámara de Diputados aprobó hoy 8 de octubre de 2024, con 472 votos a favor, el dictamen por el que el Estado mexicano retoma el derecho de utilizar las vías ferroviarias para prestar el servicio de transporte de pasajeros, y lo envió al Senado para sus efectos constitucionales.
El documento, que reforma el párrafo cuarto y adiciona un párrafo quinto, recorriendo por su orden los actuales, del artículo 28 de la Constitución Política, establece que el Ejecutivo Federal podrá otorgar asignaciones a empresas públicas o concesiones a particulares.
Asimismo, indica que tanto el transporte de pasajeros como de carga son áreas prioritarias para el desarrollo nacional en los términos del artículo 25 de la Constitución Política.
En el régimen transitorio destaca que particulares que cuenten con concesiones para prestar el servicio de transporte ferroviario de carga podrán obtener concesiones para prestar el servicio de transporte ferroviario de pasajeros. En cualquier caso, se dará preferencia al servicio de transporte ferroviario de pasajeros, en términos de lo que determine la legislación.
Además, el Congreso de la Unión tendrá un plazo de 180 días naturales a partir de la entrada en vigor del presente decreto para realizar las adecuaciones que resulten necesarias a las leyes secundarias correspondientes, en los términos de éste.
Considera conveniente que las vías ferroviarias tengan un uso más eficiente, que no se concentre en el relevante transporte de carga, sino se amplíe al transporte de pasajeros.
Lo anterior, con la participación de empresas a las que se asigne o concesione el servicio en la forma y términos que determine la ley, lo que ha de propiciar que el transporte de personas por la red carretera se diversifique y amplíe al ferroviario, lo cual intuitivamente permitirá la disminución de costos para el usuario final del servicio.